Ciudad de México.- Muchas empresas, sobre todo micro,
pequeñas y medianas (mipymes), están en la incertidumbre en el pago de
salarios tras publicarse el acuerdo que extiende la contingencia hasta
el 30 de abril.
Las empresas que
no realizan actividades esenciales deberán absorber pérdidas y pagar
salarios sin contar con apoyo del Gobierno federal, según el acuerdo.
Expertos dijeron
que el texto no menciona el término "contingencia sanitaria", que bajo
la Ley Federal del Trabajo permitiría pagar a empleados una
indemnización equivalente a un salario mínimo.
Tampoco hay
posibilidad de que las empresas tramiten algún procedimiento de
naturaleza económica, pues para suspender relaciones de trabajo bajo
esta causa tendrían que avisar a la Junta de Conciliación y Arbitraje,
la cual suspendió actividades y sólo atiende huelgas y convenios.
"Ningún acuerdo dice que pagues un mes de salario porque la autoridad no está facultada para obligar a los patrones.
"Lo que se debe
hacer es que cada trabajador, en lo individual o representado por
organismos sindicales, acuerde las condiciones económicas que se darán
en la suspensión, y esto dependerá de la capacidad de cada patrón",
afirmó Lorenzo Roel, presidente de la Comisión Laboral del Consejo
Coordinador Empresarial (CCE).
Una preocupación son las mipymes, las cuales muy probablemente se descapitalizarían si pagan un mes a sus trabajadores.
"Habrá empresas
que pueda pagar el salario íntegro, pero tienen que llegar a acuerdos de
porcentajes de salarios, porcentajes de anticipos, prestaciones,
anticipo de vacaciones o permisos parciales", describió Roel.
Rechazó que la
solicitud de la IP al Gobierno de dar prórrogas fiscales o apoyos a
empresas sean un rescate, como calificó el Presidente.
"No es un rescate,
es un apoyo para tener la oportunidad de financiarse en este proceso;
no es que se exenten impuestos o se dejen de pagar, simplemente ayudaría
en el financiamiento de esta carga", subrayó.
Armando Guajardo,
presidente de la Comisión Laboral de Coparmex, consideró indispensable
tener mayor claridad sobre las empresas de actividades esenciales o
prioritarias que podrán seguir trabajando en la contingencia.
"La autoridad
debería abrir, para dar mayor claridad, consultas con las empresas, con
base en su objeto social, su actividad, porque también hay una cadena
logística; no necesariamente las empresas mencionadas son las únicas,
¿qué pasa con las que surten y no fueron mencionadas?", afirmó.
La forma en la que
se declaró emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor es un
concepto que no existe en la ley del trabajo, pues la figura incluida es
la declaratoria por contingencia sanitaria, dijo Guajardo